Quién es quién en el mecanismo de asesoría y defensa de la nueva justicia laboral

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) firmaron un acuerdo para no duplicar funciones en el nuevo mecanismo de solución de conflictos laborales.

Quién es quién en el mecanismo de asesoría y defensa de la nueva justicia laboral

La reforma laboral de 2019 abrió la puerta al nuevo mecanismo de solución de conflictos laborales y dotó de más facultades tanto a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) como al Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) para representar y asesorar a la fuerza laboral. Ambas instancias fueron consideradas en el modelo de justicia que promete resoluciones más rápidas.

En ese sentido, la Profedet y el IFDP suscribieron un convenio de colaboración en materia de derecho laboral con una vigencia de cuatro años. El objetivo, es establecer los esquemas de atención y defensa de las personas trabajadoras.

El nuevo modelo de justicia laboral, que ya se encuentra implementado en ocho entidades, puso fin a una era llena de vicios en la solución de conflictos entre trabajadores y patrones, para dar paso a un mecanismo con una apuesta en la conciliación.

De esta manera, para el 2022 en todo el país operará a plenitud la nueva justicia laboral, la cual contempla dos procedimientos. El primero, es el proceso de conciliación, que no debe exceder 45 días; el segundo, es el juicio ante los tribunales laborales, que deberá resolverse en máximo seis meses.

La conciliación que se realizará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) o bien, ante los centros de conciliación locales, será un requisito prejudicial; es decir, se deberá agotar este recurso para iniciar un juicio, salvo algunas excepciones.

¿Procuraduría o Defensoría Pública?

Con el convenio firmado por la Profedet y el IFDP, la intervención en el nuevo mecanismo será de la siguiente manera:

» Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

  1. Atenderá a personas trabajadoras, beneficiarias o sindicatos remitidos por el IFPD, con asesoría y representación jurídica en el ámbito federal y en la solución de conflictos a través del procedimiento de mediación o acompañamiento en la conciliación.
  2. Capacitará y actualizará a los asesores jurídicos del instituto con cursos, intercambio de criterios jurídicos en materia laboral, publicaciones afines a su competencia y cooperación docente.
  3. Atenderá prioritariamente asuntos de prestaciones de seguridad social por riesgos de trabajo, maternidad, enfermedades, invalidez, guarderías y accidentes de trabajo (IMSS); así como pensiones, entre otros.

» Instituto Federal de la Defensoría Pública

  1. Atenderá a los trabajadores remitidos por la Profedet y que requieran servicios de defensa penal o de asesoría jurídica en las materias administrativa, civil, mercantil o fiscal federales; así como aquellas que necesiten representación jurídica laboral.
  2. Remitirá a la procuraduría a las personas interesadas en el arreglo de sus conflictos mediante la propuesta de soluciones o, en su caso, acompañamiento en el procedimiento prejudicial de conciliación.
  3. Ofrecerá representación jurídica a patrones, empleadores o microempresarios.
  4. Se encargará de asuntos relacionados a despidos y demandas de pago de prestaciones que cuenten con constancia de no conciliación, así como discriminación en el empleo por razones de sexo, raza, religión, origen étnico, condición social, embarazo, acoso y hostigamiento sexual.

Además, el IFDP ofrecerá los servicios de traducción o interpretación de variante lingüística cuando la Profedet no cuente con ello y, en la medida de sus cargas de trabajo, también prestará a la Procuraduría los servicios de peritos competencia del Área de Ciencias Forenses en sus distintas especialidades, cuando lo solicite.

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